Solo
en referencia con el bloqueo a nuestra Patria resaltan dos “guayabas” mayúsculas; una de ellas, repetida hasta el cansancio es que Cuba
resulta una amenaza a la seguridad nacional de los Estados Unidos, lo cual es
una enorme invención, es más, parece surgida de un cerebro con trastorno de
personalidad fronterizo.
La
segunda es que las nacionalizaciones
llevadas a cabo al triunfo de la Revolución fueron indebidas o ilegítimas.
Incluso (como explican varios directivos y especialistas de nuestro
Ministerio de Relaciones Exteriores) la
ley Helms-Burton, confunde adrede el término nacionalización con
confiscación.
Y
es verdad que inmediatamente después del triunfo de Enero, se emitió una ley
para confiscar los bienes y propiedades de los batistianos, de quienes
cooperaron con el régimen de Fulgencio Batista, los malversadores que en ese
periodo robaron en este país, que obtuvieron de forma mal habida propiedades y
bienes y esos fueron confiscados.
Aclaremos:
La Constitución de 1940 permitía leyes
de confiscación.
Eso
es totalmente distinto a las
nacionalizaciones que fueron expropiaciones legales y legítimas conforme a la
Ley, lo cual también estaba contemplado en la Constitución de 1940 y en Cuba se
hizo con una ley que se emitió con ese propósito, se previó, además,
compensación tanto los extranjeros como los cubanos que fueron nacionalizados.
La primera gran nacionalización fue la Ley de Reforma Agraria.
De
los legisladores que más han afectado a
Cuba, son Robert Torricelli (defenestrado por corrupto) Dan Burton y Jesse
Helms (fallecido) que dejaron para la posteridad un legado monstruoso. Las
diversas disposiciones presidenciales existentes hasta entonces y también la
Ley Torricelli que existía desde 1992, se convierte en un cuerpo de ley total,
que no puede modificarse sin un acto del Congreso.
¡Increíble
verdad? Especialmente en el país autoproclamado campeón de los derechos humanos
El
Título II establece el programa cómo se va a diseñar la Cuba del futuro, supuestamente
con el derrocamiento del poder
revolucionario en nuestro país.
Seguidamente
se establecería un gobierno de
transición bajo el tutelaje de los Estados Unidos y ese gobierno desde que se instituye,
debe garantizar la devolución, la
restitución o el pago a todos los reclamantes de Estados Unidos por las
propiedades que fueron nacionalizadas en Cuba.
Mirémoslo
así: todo cubano hoy tendría que pensar
que si se llegara a ese escenario imposible y tan deseado por los vecinos norteños
del derrocamiento del poder
revolucionario, tendría que verse ante el peligro real de que
su propiedad va a ser reclamada o le exigirían que pague por ella.
O
sea, supuestamente habría en Cuba un
derrocamiento de la Revolución, un
gobierno de transición con un procónsul estadounidense nombrado como
administrador de ese período y aún el bloqueo se mantendría en pie. Las
sanciones económicas que hoy sufrimos se mantendrían. Eso es lo que dice el
Título II. Por eso no puede hablarse
sólo del Título III.
Según
la Ley Helms-Burton, tiene el reclamante derecho a recibir tres veces el valor original
de la propiedad, más un incremento por la inflación, o el precio actual de esa propiedad
multiplicado por tres.
Es
una barbaridad jurídica, además por su extraterritorialidad.
Y
tiene un Título IV con el mismo propósito, que persigue sancionar, con la
prohibición de entrada a los Estados Unidos, a quienes “trafiquen” con
propiedades que fueron nacionalizadas. Ese es el conjunto de la Ley.
¿Cómo
era posible que un país subdesarrollado, con sus tesoro robado por la camarilla de
Fulgencio Batista, dominado totalmente en términos económicos por empresas
transnacionales de otro país, emprendiera un programa de desarrollo , para el cual hizo
una revolución, si no tenía la posibilidad de redistribuir la riqueza, de
redistribuir las propiedades?
El
engendro pretende presentar eso como un
acto ilegítimo, a pesar de que es algo que tenía entonces y tiene el respaldo
del Derecho Internacional.
Antes
de eso, la comunidad internacional
se había pronunciado a favor de las nacionalizaciones y con posterioridad hay
resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que reconocen el
derecho de los países subdesarrollados a nacionalizar en función de un bien
público.
No obstante, todo el derecho que tenía Cuba a las
nacionalizaciones, fue compensado todo el que estuvo de acuerdo a serlo, salvo
las empresas norteamericanas, cuyo gobierno no lo permitió.
Recordemos que la práctica internacional no es compensar
al propietario en sí, sino que los gobiernos del país de origen de la entidad y
el país que nacionaliza, pueden llegar
a acuerdos que se llaman De Suma Total,
mediante la cual, en este caso Cuba, le
da una suma total al país de los propietarios y este es el que se encarga de
compensar a sus nacionales. Y sobre esa base se llegó a acuerdo con Canadá,
Suiza, Alemania, Francia, España y Reino Unido.
En el caso de Estados Unidos incluso hubo una ley
específica para la compensación, que preveía varias cosas, porque la economía
cubana del momento era totalmente dependiente de los Estados Unidos y en
particular dependiente de la exportación de azúcar.
De
modo que de haber Estados Unidos reconocido y aceptado lo que Cuba propuso, a
principios de la década de los 80 hubiesen quedado compensados los
propietarios. Y tenía que establecerse una fórmula como esta porque no se podía
exigir que Cuba pagara si a la vez se le estaba restando al país la fuente de
sustento, que fue lo que hizo Estados Unidos, restarle la fuente de sustento a
la economía cubana cuando primero redujo y después suprimió la cuota azucarera.
Cuba
siempre ha tenido la voluntad de
cooperar, dio pasos en función de hacerlo, pero Estados Unidos se negó porque Estados Unidos estaba convencido de que
no tenía que negociar con el gobierno revolucionario.
Cuando Cuba iniciaba las negociaciones Estados
Unidos ya estaba preparando, la invasión de Bahía de Cochinos, la invasión
de Playa Girón. Por tanto, ellos pensarían, qué sentido tiene negociar con este
gobierno que vamos a derrocar por la vía de las armas y por eso fue que no hubo
acuerdo.
Y además después Cuba, en 1996, que no se habla
mucho de eso, no se recuerda por los que hablan hoy de la Helms-Burton, tiene
su propia ley antídoto, donde además dice que quien se afilie a la Helms-Burton
perdería el derecho a cobrar reclamaciones y hay empresas
norteamericanas, grandes empresas, que sí estarían en disposición, en determinado momento hubo conversaciones
sobre compensación.
Es un delito en Cuba cooperar con la aplicación de
la Helms-Burton. Establece garantías totales a los inversionistas extranjeros
en Cuba de que van a ser protegidos y que cuentan con todas las garantías en
nuestro país.
La Ley provocó que en varios países se emitieran lo
que llaman leyes antídoto, leyes que hacen ilegal cualquier pretensión de
permitir que prime la Ley Helms-Burton en esos países.
En el caso de México, Canadá, la Unión Europea adoptó una legislación en contra
de la Ley Helms-Burton por su carácter extraterritorial y porque viola el
Derecho Internacional.
La actual Administración norteamericana no sólo con
Cuba, más marcadamente con Venezuela ahora, anteriormente con otros países con
los que ha habido acuerdos anteriores como Irán, como Rusia, como la propia
Corea del Norte… ha dado pruebas de que no cree en los acuerdos…
De no haber existido una revolución socialista en
nuestro país, Cuba no hubiera sido capaz de sostenerse frente a una pretensión
tan hegemónica por parte de los Estados Unidos contra nuestro país.
Dejamos
para el final la incontestable verdad, aunque propios y enemigos la saben y la resumió el presidente cubano Miguel Díaz
Canel en su cuenta en la red social Twitter: “EEUU se manifiesta con hostilidad, ejerce amenazas y acude a las mentiras como
pretexto para culpar a Cuba por sus
fracasos en Venezuela. Tratan de imponer
una ilegal ley extraterritorial y no logran quebrar el apoyo a Cuba. Nada detendrá nuestra marcha unida”.
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